Evidencian abuso ambiental en Progreso

YUCATÁN.- En medio de los desacatos del alcalde Julián Zacarías Curi, se presentan otros casos similares de progreseños que retan a la autoridad y el cumplimiento de la ley.

Este es el caso del empresario Enrique Anís Macari Casares, en la ejecución de obras del proyecto denominado “Construcción y Operación de una marina en el Puerto de Yucalpetén”, cuyos trabajos fueron suspendidos hace 10 meses al ser clausurados por la Profepa, pero la obra ya fue reanudada.

Hace unos días se dio a conocer la decisión de un juez de conceder un amparo y protección de la justicia federal a Macari Casares, y se ordenó dejar sin efectos el acta de inspección que realizó la Profepa el pasado 13 de febrero en visita de inspección ejecutada en el predio correspondiente a dicho proyecto.

Según se pudo investigar el predio donde se desarrolla el proyecto cuenta con una autorización en materia de impacto ambiental emitida por la SEMARNAT cuyo resolutivo está fechado en 2017 en donde le otorgan al promovente Enrique Anís Macari Casares una vigencia de 12 meses para la realización de las obras expresadas en la manifestación de Impacto Ambiental ingresada ante SEMARNAT para su autorización correspondiente al proyecto “Construcción y Operación de una marina en el Puerto de Yucalpetén”.

Esto da por resultado que desde 2018 ya no se podría realizar ninguna obra de dicho proyecto por estar en estatus de vencida su autorización en materia de impacto ambiental, dando razón a la autoridad federal de clausurar los trabajos en el sitio al contar esta con los elementos necesarios para considerar no viable el proyecto ya que se perdió el carácter preventivo del trámite al existir una construcción en obra en el predio, sin tener vigente la autorización correspondiente.

La autorización emitida por la propia SEMARNAT permitió la construcción de locales comerciales en un área de 117 metros cuadrados, y en lugar de lo autorizado el empresario permitió la construcción de un OXXO sobre pasando el área de construcción autorizada abarcando no los 117 metros autorizados, sino 200 metros cuadrados, contraviniendo lo autorizado, además de que se realizó una ampliación al área para estacionamiento, violando las condicionantes emitidas por la autoridad.

En diciembre del 2019, la Delegación Federal de la SEMARNAT en Yucatán emitió un aviso donde señala al promovente que no se autoriza la modificación solicitada para el proyecto “Construcción y Operación de una marina en el Puerto de Yucalpetén”, ni se concede una ampliación del término de vigencia para la etapa de construcción, ya que este venció en el mes de octubre de 2018, la visita de inspección por parte de la PROFEPA que derivó en la clausura de los trabajos se realizó el 12 de febrero de 2020, es decir la autorización ya presentaba dos años de vencida.

Además el promovente incurrió en varias faltas al no presentar el programa general calendarizado para el cumplimiento de los términos y condicionantes, tampoco presentó informes de cumplimiento de los términos y condicionantes de dicha autorización ni presentó ante la autoridad correspondiente una evidencia documental de haber avisado a la SEMARNAT del inicio de construcción del Proyecto, entre otras violaciones.

Según se pudo averiguar durante la inspección de la PROFEPA en febrero de 2020, se detectó que se continuaron realizando obras de construcción sin contar además con la ampliación de termino de vigencia para la misma, por lo que en base a la ley la dependencia federal impuso la medida de seguridad consistente en la clausura temporal total y el cese de toda actividad en el sitio, esta información se obtuvo a través del área de transparencia de la propia autoridad federal.

Ante las constantes violaciones por parte del empresario al proceso de autorización emitida por la SEMARNAT, esta autoridad federal notificó el pasado 15 de diciembre de este año a Enrique Anis Macari Cásares la negativa de la autorización del proyecto denominado “Ampliación del Área Comercial Autorizada de la Marina en el Puerto de Yucalpetén”, ya que no cuenta con los elementos necesarios para considerar viable toda vez que se perdió el carácter preventivo del trámite al existir una construcción en obra en el predio, por carecer de la autorización correspondiente.

Esta resolución podría ocasionar una clausura total definitiva, e inclusive la demolición de las obras no autorizadas y el infractor podría hacerse acreedor de una multa que puede ser de hasta tres millones de pesos, incluso cabe la posibilidad de integrarse una denuncia penal conforme a lo estipulado en el artículo 420 Quater y 421 del código penal federal, alcanzando prisión de uno a cuatro años de Prisión.

Por lo tanto la PROFEPA deberá cumplir con la disposición del juez primero de distrito de acudir a levantar la clausura impuesta en el predio en la visita de inspección realzada en el mes de este año, mientras tanto esto obliga al empresario a acatar la instrucción del juez a futuras visitas de inspección y verificación que realice la autoridad federal en este tipo de procedimientos.

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