02 de diciembre 2024

INVITA IMSS YUCATÁN A LAS Y LOS EMPLEADORES PARA QUE ASEGUREN A PERSONAS TRABAJADORAS DEL HOGAR

• En Yucatán, actualmente se encuentran afiliadas mil 653 Personas Trabajadoras del Hogar.
• Se podrá asegurar por día, mes, bimestre, semestre o año y tendrán derecho a servicio médico, hospitalario y medicamentos, entre otras prestaciones.

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en Yucatán hace una atenta invitación a las y los empleadores, para que realicen el aseguramiento de Personas Trabajadoras del Hogar al Régimen Obligatorio del IMSS, con el objetivo de garantizar su acceso a la seguridad social, servicio médico, hospitalario y medicamentos y, así formar parte fundamental en la contribución y fortalecimiento de la igualdad de condiciones laborales que permitan el desarrollo para todas y todos los trabajadores que se desempeñan dentro del hogar. En Yucatán existen hasta el momento, mil 653 personas afiliadas como Personas Trabajadoras del Hogar, de los cuales 990 son mujeres y 663 son hombres.

La titular de la Jefatura de Afiliación y Cobranza, Alejandra Victorin Contreras, realiza un llamado a las y los empleadores a inscribir a las personas trabajadoras del hogar bajo este esquema de incorporación, que ya es obligatorio, mismo que se efectúa a partir del primer día de labores, de acuerdo con el salario y los días laborados, por cada persona trabajadora del hogar.

Hizo hincapié sobre el aseguramiento que es obligatorio a partir del 16 de mayo de 2023, y lo podrán realizar por día, mes, bimestre o año, no obstante, el IMSS hará efectivo el beneficio del aseguramiento por el mes completo, siempre y cuando el monto de las cuotas que el personal empleador realizó, sean equivalentes al valor que se paga por un salario mínimo mensual de la Ciudad de México.

“Es importante que los empleadores tengan conocimiento de esta obligación, porque les permite cubrir la atención médica en casos de accidentes, enfermedad, atención farmacológica o quirúrgica de las personas que laboran para ellos; así como muchos otros servicios”, explicó Victorin Contreras.

Y es que las personas trabajadores del hogar podrán tener acceso al servicio de guarderías, para el cuidado de sus hijas o hijos; fondo para el retiro; en caso de invalidez o defunción, la o el trabajador o sus familiares, podrán recibir una pensión, aunado a acceder a los servicios de velatorio, así como otras prestaciones sociales que ofrece el Instituto.

Todas las personas trabajadoras del hogar pueden ser registradas en esta modalidad de aseguramiento, si prestan servicios de aseo, asistencia y demás actividades propios o inherentes al hogar de una persona o familia, sin distinguir las tareas específicas que realizan; lo anterior, debido a que pueden realizar actividades tan variadas, como: limpiar la casa, lavar y planchar la ropa, cocinar, cuidar de niños, ancianos o enfermos de la familia, la vigilancia del hogar, jardinería e incluso personal dedicada al cuidado de los animales domésticos.

La titular de la Jefatura de Afiliación y Cobranza indicó que el trámite es muy sencillo y puede realizarse vía Internet en la página: http://www.imss.gob.mx/personas-trabajadoras-hogar realizando los siguientes pasos:

  1. Iniciar el trámite con los datos de la persona empleadora, por lo cual necesitas CURP y correo electrónico.
  2. Registrar la información de la persona empleadora con datos de contacto y domicilio.
  3. Registrar la información de la Persona Trabajadora del Hogar: NSS, CURP, correo electrónico (opcional), domicilio, información de cotización de la persona trabajadora del hogar: por mes completo o por día, salario diario y días laborados.
  4. Confirmación de datos: se debe revisar que los datos proporcionados sean correctos, en caso contrario realizar la modificación.
  5. Generar el formato de incorporación y línea de captura para pago de IMSS y aportaciones al Infonavit, a través del Formato de Incorporación para las Personas Trabajadoras del Hogar y Línea de captura para realizar el pago correspondiente.

En caso de requerir mayor información o para cualquier duda, las y los empleadores interesados pueden llamar al número 800 623 23 23, eligen la opción 0 (cero) y si eres persona empleadora selecciona la Opción 1, con un horario de atención de lunes a viernes de 08:00 a 20:00 horas; sábados, domingos y días festivos en horario de 8:00 a 14:00 horas.

De igual forma, puede presentarse directamente en la instalaciones de la Subdelegaciones Mérida Norte, ubicada Calle 131 No. 999 x 42 Sur colonia Serapio Rendón o en la Subdelegación Mérida Sur, en la Calle 7 No. 131 x 38 colonia Pensiones.

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