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Política y Gobierno

Yucatecos podrán solicitar un plebiscito del 25 de enero al 9 de marzo

Última actualización enero 16, 2020 12:54 pm
5 años ago
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MÉRIDA, 16 de enero de 2020.- El Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Yucatán (IEPAC) aprobó ayer la emisión y publicación del Catálogo de Políticas Públicas y Actos Gubernamentales considerados como Trascendentales en el Estado de Yucatán para el año 2020 e hizo un llamado a la ciudadanía en general a conocer las acciones de su autoridad y en su caso, hacer uso del plebiscito para ejercer el poder.

Durante la sesión extraordinaria celebrada esta tarde, en la que además se aprobó un ajuste al presupuesto de egresos del Instituto para el ejercicio fiscal 2020, se precisó que el documento íntegro que incluye las obras y acciones de los 106 Ayuntamientos y del Poder Ejecutivo así como la Agenda Legislativa del Congreso del Estado estará desde hoy y en forma permanente en los estrados del Instituto y en el portal de Internet www.iepac.mx.

En atención a los principios de certeza jurídica y máxima publicidad, el Catálogo será publicado permanentemente en los Estrados y en el portal institucional de este organismo autónomo y se publicará en al menos tres periódicos de mayor circulación en el Estado los días 16 y 24 de enero, un aviso donde se señale en que consiste el Catalogo y cuál es su fundamento legal y para que le sirve a los ciudadanos y quien desee consultarlo en su versión completa lo pueden hacer a través del portal institucional www.iepac.mx para que la ciudadanía pueda acceder, descargar y conocer a detalle el citado catálogo.

Para que la ciudadanía pueda solicitar la celebración de algún plebiscito sobre alguna obra o acción municipal tendrá del 25 de enero al 23 de febrero del 2020 en tanto que para solicitar un plebiscito estatal el plazo correrá del 25 de enero al 9 de marzo del 2020.

De conformidad con la Ley de Participación Ciudadana, para la realización de un plebiscito y tratándose de actos o acciones de los Ayuntamientos se requerirá de la participación del 10% de los inscritos en la Lista Nominal de Electores, en los Municipios que cuenten hasta con 3,000 ciudadanos; el 8% en los que cuenten hasta con 5,000; el 6% en los que haya hasta 10 mil ciudadanos; el 4% con hasta 20 mil; el 3% con hasta 50 mil y el 2% de los inscritos en la lista nominal en municipios que cuenten con más de 50 mil ciudadanos que es el caso de Mérida.

Tratándose de actos o acciones del Ejecutivo del Estado con impacto en todo el territorio estatal se requerirá el 2% de los inscritos en la Lista Nominal de Electores del Estado.

Por otro lado, el Consejo General aprobó un ajuste al presupuesto de egresos para el ejercicio fiscal de 2020 el cual asciende a un monto total de $214,339,856.88 que se integra con el presupuesto aprobado por el Congreso del Estado por $ 208,235,748.00 y el saldo del remanente del ejercicio 2019 que ascendió a $6,104,109.08.

Una vez realizado el ajuste y aprobado por el Consejo General, el presupuesto 2020 se distribuirá de la siguiente forma: Programa Servicios Personales, 84 millones 859 mil 438.14; Programa Operación y Administración del Instituto 21 millones 553 mil 603.45 pesos. Programa Servicio Profesional Electoral Nacional un millón 036 mil 841 pesos. Programa Proceso Electoral, 3 millones 161 mil 516.30. Programa Financiamiento a Partidos Políticos 101 millones 656 mil 102.99 pesos. Programa Participación Ciudadana 300 mil pesos. Programa Marco Jurídico Institucional 230 mil pesos. Programa Educación Cívica un millón 300 mil 20 pesos y Programa Acceso a la Información y Sistema de Administración de Archivo 242 mil 335 pesos.

En el mismo acuerdo aprobado hoy por el Consejo General se precisa que para el caso de que sea necesaria la implementación de algún proceso de participación ciudadana, se ejercerá primeramente el fondo contenido en el Fideicomiso Irrevocable de Administración e Inversión denominado “Fondo de Participación Ciudadana del Estado de Yucatán”, creado para tales efectos por este Organismo autónomo.

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