RECHAZAN ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD DE CNDH A LEY 3 DE 3 Y AUNQUE SCJN NO EMITA RESOLUCIÓN DEUDORES ALIMENTARIOS NO PUEDEN BUSCAR CARGOS PÚBLICOS

Las Comisiones de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, y de Derechos Humanos en la Cámara de Diputados, rechazaron la acción de inconstitucional interpuesta por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), respecto de las reformas aplicadas por la Ley 3 de 3, donde se señala que ningún deudor alimentario o moroso puede ocupar un cargo público,

En rueda de prensa, efectuada este día, en conocido restaurante de la ciudad, integrantes de la Agenda de las Mujeres por la Igualdad Sustantiva en Yucatán (Amisy), aclararon que ningún político involucrado en este tipo de situación podrá contener a un puesto en el próximo proceso electoral del 2024.

Al respecto, las activistas dieron a conocer un boletín emitido por los legisladores, donde se recuerda que establecer como requisito para desempeñar un cargo público o ser postulado como candidato el no ser deudor alimentario o moroso, ha sido una lucha plural de organizaciones, colectivos y muchas mujeres que desde diferentes trincheras han logrado que este requisito se reconozca como elemento indispensable.

El incumplimiento de las obligaciones alimentarias es una conducta que se constituye como violencia económica, patrimonial y familiar en contra de las mujeres y atenta contra el principio del interés superior de la niñez, al vulnerar sus derechos de nutrición, habitación, educación, vestido, atención médica y recreación. Por ello, es fundamental legislar para garantizar desde la ley el cumplimiento de esa obligación.

“La acción de inconstitucionalidad interpuesta por la CNDH se configura como un retroceso en materia de derechos de las mujeres a una vida libre de violencia y de igualmente derechos de las niñas, niños y adolescentes. Preocupa que esta acción ignora lo dispuesto en la Convención sobre los Derechos del Niño ratificada por México, el principio del interés superior de la niñez establecido en el artículo 4 de la Constitución”, señala el documento.

“También, las disposiciones previstas en la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, que establecen la obligación de las autoridades de garantizar los derechos alimentarios de la niñez. Hemos de reconocer que la irresponsabilidad paterna mantiene a millones de madres solas al borde del colapso y a los menores en condiciones de mayor vulnerabilidad e indefensión”, agrega.

Por tal motivo, los diputados exhortaron a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para que al resolver la acción de anticonstitucionalidad 98/2022 promovida por la CNDH considere el interés superior de la niñez y los derechos de las mujeres a una vida libre de violencia y declare la legalidad de las reformas impugnadas. De esta forma, se ratificaría que el estado mexicano no dará un paso atrás en la lucha por la igualdad y la protección de los derechos de las mujeres, así como la infancia del país.

“Esto confirma que hay un compromiso serio del Poder Legislativo de respaldar la constitucional de la Ley 3 de 3”, dijo María Eugenia Núñez Zapata,

“Se ha tratado en el obscurantismo de algunos personajes de la política que mientras la Suprema Corte de Justicia no dictamine no se puede aplicar la Ley de Yucatán, eso es falso, no implica ninguna suspensión temporal declarada, es aplicable en tanto la autoridad no emita un dictamen en contra”, agregó.

Con esta medida, Núñez Zapata destacó que pese a que la SCJN no turne la acción de anticonstitucional en los próximos años, no significa que deudores o morosos alimenticios puedan recibir la oportunidad de contender por un cargo público en las próximas elecciones.

Al anuncio asistieron igualmente Lidia Laucirica Guanche, Sandra Peniche Quintal y Silvina Contreras Capetillo.

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