Prorrogan la ‘ley seca’ en Yucatán hasta el 15 de mayo

MÉRIDA, 29 de abril de 2020.- El Gobierno del Estado acaba de emitir el decreto 213/2020, mediante el cual se prorroga la “ley seca” con motivo del Covid-19 hasta el 15 de mayo.

El decreto anterior que puso en vigor la prohibición del comercio de bebidas alcohólicas por la pandemia de coronavirus abarcaba del 10 al 30 de abril.

Para el decreto que amplía la “ley seca” se tomó en cuenta que, ante el incremento en el número de contagios y muertes por el Covid-19 en Yucatán, y ante la alta probabilidad que existe de que este número de personas contagiadas y muertes por esta enfermedad continúe en ascenso, en virtud de la Fase 3 de la epidemia en la que actualmente nos encontramos, el Gobierno del estado consideró pertinente ampliar el periodo en el que se prohíbe la venta de bebidas alcohólicas en todo el territorio del estado, como medida temporal para propiciar la protección de la salud y la vida de todos los habitantes de Yucatán, por lo que he tenido a bien expedir el presente:

Decreto 213/2020 por el que se modifica el Decreto 208/2020 por el que se prohíbe la venta de bebidas alcohólicas en el estado de Yucatán, como medida de prevención sanitaria ante el estado de emergencia declarado por la afectación de la pandemia por Covid-19.

Artículo único. Se reforma: el artículo transitorio segundo del Decreto 208/2020 por el que se prohíbe la venta de bebidas alcohólicas en el estado de Yucatán, como medida de prevención sanitaria ante el estado de emergencia declarado por la afectación de la pandemia por Covid-19, para quedar como sigue:

Segundo. Vigencia

Este decreto estará vigente hasta el 15 de mayo de 2020.

Artículo transitorio

Único. Entrada en vigor

Este decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán. Se expide este decreto en la sede del Poder Ejecutivo, en Mérida, Yucatán, a 29 de abril de 2020.

El anuncio de la prolongación de la “ley seca” en Yucatán pone fin a las especulaciones que había en torno a que podría concluir este jueves 30 de abril la prohibición del comercio de bebidas embriagantes.

La “ley seca” está vigente desde el 10 de abril y, de acuerdo con el Gobierno, esto ha propiciado que dismniuyan considerablemente las llamadas de denuncias de diversos hechos violentos al 911.

Esto se basa en un reporte del Centro Estatal de Información sobre Seguridad Pública. En algunos casos, la reducción de los reportes a la línea telefónica de emergencias fue de la mitad.

Alcaldes de municipios como Yaxcabá, Sansón Israel Palma Santos; Tixkokob, Eric Quijano González y Ticul, Rafael Montalvo Mata, confirmaron que esta situación es una realidad, pues en sus demarcaciones los reportes relacionados con actos de violencia, principalmente de tipo doméstica, se han reducido significativamente con la aplicación de la Ley Seca.

En el análisis realizado por el Centro Estatal de Información sobre Seguridad Pública se muestra que, en promedio, las llamadas relacionadas con la violencia de pareja disminuyeron -55.2% durante el periodo posterior a la declaración de la Ley Seca, disposición que entró en vigor al publicarse en el Diario Oficial, el 9 de abril pasado.

Después de implementarse la Ley Seca, las llamadas recibidas en el 911 relacionadas con violencia familiar registraron una disminución de -49.7%, si se compara con las que se realizaron sobre este tema antes del establecimiento de la Ley Seca. También, después de decretarse la Ley Seca y hasta la fecha, hay una disminución de -42.6% en las llamadas que denunciaban violencia contra la mujer.

Asimismo, en promedio, las llamadas relacionadas con reportes sobre suicidio disminuyeron -53.5% durante el periodo posterior a la declaración de la Ley Seca. De igual forma, tras la prohibición de la venta de bebidas alcohólicas se redujeron un -25.6% las llamadas relacionadas con las amenazas de suicidio y un -55.4% las llamadas relacionadas con otros actos contra la familia.

De acuerdo a dicho decreto, la prohibición de venta de bebidas alcohólicas contempla a todos los establecimientos y lugares a los que se refiere el artículo 253-A de la Ley de Salud del Estado. La persona física que infrinja lo dispuesto podrá hacerse acreedora hasta 6 años de prisión y hasta 200 días-multa, de acuerdo con el Código Penal del Estado.

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