Entran en vigor las reformas al Poder Judicial de Yucatán

-Cambios en número de magistrados y otras disposiciones tendrán que aplicarse

Un día después de su publicación en el Diario Oficial del Estado, quedaron vigentes los cambios a la Constitución Política del Estado de Yucatán, la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Yucatán y la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado y Municipios de Yucatán.

La medida comprende incrementar de 11 a 15 el número de magistrados que estarán en funciones 15 años, contados a partir de la fecha en que rindan el compromiso constitucional, además que solo tendrán derecho a un año del llamado «haber de retiro», el cual funcionaba como una pensión vitalicia.

También se comprende que los actuales magistrados pueden retirarse antes de concluir su periodo, con el fin de que puedan contar con la pensión vitalicia, si así lo desean.

La reforma señala que el presupuesto asignado al Poder Judicial no podrá ser inferior al 2% del total del gasto programable para el Estado, el cual no será disminuido respecto del año anterior y, una vez elaborado, se enviará al Congreso del Estado.

La normativa establece que el Consejo de la Judicatura garantizará la existencia de un juez de primera instancia por cada 30 mil habitantes del estado, así como la adscripción de juzgados de primera instancia en los municipios que cuenten con al menos 20 mil habitantes.

También, se establece que las condiciones generales de los trabajadores, serán fijadas de común acuerdo por el Poder Judicial del Estado de Yucatán y el Sindicato titular de la relación laboral.

La nueva regulación comprende un plazo de 80 días para armonizar su normativa interna con las nuevas disposiciones vigentes.

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