[vc_row][vc_column][vc_column_text]El Diario Oficial del Gobierno del Estado publica hoy un decreto que da facilidades a los que iniciaron el trámite de reemplacamiento hasta el 30 de septiembre del año pasado.
Este apoyo, como publicamos hace unos días, aplica para aquellos que comenzaron el papeleo ya sea físicamente o por internet antes del segundo plazo que dio el Gobierno para realizar el reemplacamiento.
Inicialmente, como publicamos, el plazo para disfrutar los beneficios de condonación de multas, recargos y tenencias atrasadas vencía el 30 de junio, pero se extendió al 30 de septiembre.
El reemplacamiento siguió hasta el último día hábil del año, que fue el sábado 30, pero ya sin los beneficios antes mencionados. Incluso este martes 2 de enero se sigue realizando el trámite.
A continuación, el decreto publicado hoy en el Diario Oficial sobre el cambio de placas:
PÁGINA 6 DIARIO OFICIAL MÉRIDA, YUC., DOMINGO 31 DE DICIEMBRE DE 2017.
Decreto 573/2017 por el que se prorroga el plazo para concluir los trámites relacionados con la obtención de los estímulos fiscales establecidos en el Decreto 446/2016.
Rolando Rodrigo Zapata Bello, gobernador del estado de Yucatán, con fundamento en los artículos 55, fracción II, y 60 de la Constitución Política del Estado de Yucatán; 14, fracciones VIII y IX, del Código de la Administración
Pública de Yucatán; y 59, fracción I, del Código Fiscal del Estado de Yucatán, y Considerando:
Que los ingresos propios del estado se constituyen a través del ejercicio de su potestad tributaria actualizada mediante el cobro de contribuciones estatales previstas en las leyes tributarias, cuyo destino, en todo caso, debe orientarse al
gasto público.
Que la Ley de Ingresos del Estado de Yucatán para el Ejercicio Fiscal 2018dispone, en su artículo 19, que el titular del Poder Ejecutivo podrá establecer programas de apoyo a los contribuyentes, los cuales deberán publicarse en el diario oficial del estado. En dichos programas de apoyo, entre otras acciones, podrá establecerse la condonación total o parcial de contribuciones y aprovechamientos, así como de sus accesorios.
Que, como parte de la política fiscal impulsada por esta administración, el 25 de noviembre de 2015 se presentó, como un elemento del paquete fiscal para el 2016, la Iniciativa que modifica la Ley General de Hacienda del Estado de
Yucatán, en la cual se propuso al Congreso del estado la derogación, sin excepción alguna, del impuesto sobre tenencia o uso de vehículos, la cual fue aprobada y, posteriormente, publicada mediante Decreto 325/2015.
Que en este sentido, el 31 de diciembre de 2016 se publicó en el diario oficial del estado el Decreto 446/2016 por el que se otorgan estímulos fiscales para la regularización en materia vehicular para el ejercicio fiscal 2017 el cual, de
conformidad con lo dispuesto en sus artículos transitorios primero y segundo, entró en vigor el 9 de enero de 2017 y estuvo vigente hasta el 30 de junio de 2017.
Que el 10 de mayo de 2017 se publicó en el diario oficial del estado el Decreto 497/2017 por el que se modifica el Decreto 446/2016 por el que se otorgan estímulos fiscales para la regularización en materia vehicular para el ejercicio fiscal 2017, para prever la realización del trámite de reemplacamiento, de manera presencial o de forma electrónica, a través del sitio web que se habilite para tal
efecto, mediante el prepago que corresponda, el cual deberá verificarse a más tardar el 30 de septiembre, y extender su vigencia al 31 de diciembre de 2017.
Que la medida señalada en los considerandos anteriores ha resultado eficaz para favorecer el cumplimiento de las disposiciones de la Ley de Tránsito y Vialidad del
Estado de Yucatán y de su reglamento y, particularmente, para apoyar la economía de los habitantes de nuestro estado, se establecen diversos beneficios y estímulos fiscales para la regularización en materia vehicular.
MÉRIDA, YUC., DOMINGO 31 DE DICIEMBRE DE 2017. DIARIO OFICIAL PÁGINA 7
Que, en términos de lo dispuesto en el artículo 4 reformado del Decreto 446/2016 por el que se otorgan estímulos fiscales para la regularización en materia vehicular
para el ejercicio fiscal 2017, uno de los requisitos para obtener los beneficios es haber iniciado el trámite de reemplacamiento 2017, mediante el prepago del trámite que corresponda; lo cual ha sido realizado por una gran cantidad de personas, que no van a poder concluir su trámite antes del cierre de año; por lo que resulta necesario extender el plazo para su conclusión hasta el 31 de agosto del año 2018.
Que con esta medida se estaría reconociendo legítimamente los beneficios fiscales otorgados a quienes cumplieron los requisitos correspondientes para acceder a ellos en términos de la normativa vigente, por lo que he tenido a bien
expedir el presente:
Decreto 573/2017 por el que se prorroga el plazo para concluir los trámites relacionados con la obtención de los estímulos fiscales establecidos en el Decreto 446/2016
Artículo único
Los contribuyentes, personas físicas o morales, beneficiarias de lo establecido en el Decreto 446/2016 por el que se otorgan estímulos fiscales para la regularización
en materia vehicular para el ejercicio fiscal 2017, que hayan iniciado el trámite de reemplacamiento correspondiente al año 2017 a más tardar el 30 de septiembre de 2017, mediante el prepago de forma electrónica, a través del sitio web que se habilitó para tal efecto; o, presencialmente ante el Departamento de Registro de Control Vehicular de la Secretaría de Seguridad Pública, mediante la obtención del
folio correspondiente a dicho trámite a través del Sistema de Padrón Vehicular; podrán continuar gozando de dichos beneficios, siempre y cuando concluyan dicho trámite a más tardar hasta el 31 de agosto de 2018.
Artículos transitorios
Primero. Entrada en vigor
Este decreto entrará en vigor el día 1 de enero de 2018, previa publicación en el diario oficial del estado.
Segundo. Vigencia
Este decreto estará vigente hasta el 31 de agosto de 2018.
Tercero. Extensión de vigencia
Para los efectos de este decreto, el Decreto 446/2016 por el que se otorgan estímulos fiscales para la regularización en materia vehicular para el ejercicio fiscal 2017 conservará su vigencia hasta el 31 de agosto de 2018, exclusivamente
para los contribuyentes que cumplan con los requisitos previstos en este decreto.
Firman el decreto, el gobernador Rolando Zapata Bello; el secretario general de Gobierno, Roberto Rodríguez Asaf; el de Seguridad Pública, Luis Saidén Ojeda, y el de Administración y Finanzas, Alfredo Francisco Javier Dájer Abimerhi.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]