Debemos adaptar la impartición de justicia a la tecnología y las tendencias digitales: Luis Borjas

Al hacer uso de la tribuna en carácter de Presidente de la Comisión Permanente de Justicia y Seguridad Pública, el diputado Luis Borjas Romero solicitó la aprobación del dictamen que modificaría el Código de Familia para el Estado en materia de adopciones y el que pretende establecer el uso de Tecnologías de la Información y Comunicación para la Convivencia Materno- Paterno Filiales a Distancia.

En relación al dictamen, que modifica el Código de Familia en materia de uso de Tecnologías de la Información y Comunicación para la Convivencia Materno-Paterno Filiales señaló que la pandemia del Covid-19 no sólo ha causado daños y pérdidas a la economía sino también ha impactado en la convivencia materno-paterno filial.

“debemos implementar las tecnologías de la información para la impartición de justicia. El confinamiento social, nos ha mostrado la vulnerabilidad de los derechos humanos del menor que se encuentra sujeto a un convenio de convivencia, ya que solo uno de los progenitores tiene la custodia y por no estar legislado el uso de la telefonía celular o las tecnologías de la información para realizar video llamadas los menores están sufriendo tanto física como emocional, y psicológicamente”

Señaló que con esto se busca privilegiar el interés superior del menor y que es de vital importancia que la justicia se renueve y se adapte a las nuevas realidades sociales y con ello se refiere a la aplicación de la tecnología, y las tendencias digitales.

En cuanto al dictamen que modificaría el Código de Familia para el Estado en materia de adopciones, señaló que promueve una mayor protección y garantía de los derechos de los menores y propone entre otras cosas, modificaciones para establecer que en los casos de adopción, los niños, niñas y adolescentes que vayan a adoptarse tengan derecho a asistencia psicológica en todo el proceso y a ser informados de las consecuencias de su adopción, de acuerdo con su edad, desarrollo evolutivo, cognoscitivo y grado de madurez. Así mismo se establece que el proceso adoptivo no sea mayor a un año posterior a la presentación de la solicitud inicial ante el Juez.

Ambos dictámenes fueron aprobados por unanimidad por los diputados que conforman el pleno de la LXII legislatura

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