Cambiaron de género y ahora están violando la ley

[vc_row][vc_column][vc_column_text]En Yucatán, 272 personas con orientaciones sexuales diferentes ya lograron su cambio de identidad de género, y por ende, cuentan con una nueva acta de nacimiento, pero sólo el 1.1 por ciento están registradas de manera oficial, informó la encargada del Colectivo Península Lgbttti + Yucamqroo “Xkich pacan Ko’olel trans”, Patsy Yajhona España Chan.

Por ende, a excepción de tres personas, el resto de los integrantes de la población Lésbico, Gay, Bisexual, Transgénero, Travesti, Transexual y Intersexual de Yucatán, cuentan con una doble identidad, por lo que jurídicamente cometen un delito, el cual amerita la cárcel.

Consideró que en ningún momento se pretende infringir la ley, pero las personas que han logrado pasar del género femenino al masculino, y viceversa no hacen el respectivo protocolo, por desconocimiento, o no concluyen la respectiva tramitología ante “radical postura” del Registro Civil del Estado.

“El 99 por ciento cuenta con una doble identidad, debido a que aún no realizan los respectivos trámites ante el Registro Civil así como ante el rechazo de ésta dependencia para aceptar el hecho de pasar de un género a otro”, acotó.

Las tres personas que ya cuentan con sus respetivos documentos oficiales en regla, uno es de Mérida y los dos restantes del interior del Estado. En su caso, dijo que es originario de Halachó.

Afirmó que al contar con nuevas actas de nacimiento, se garantiza el derecho a la identidad, al mismo tiempo que abre las mismas oportunidades en los distintos ámbitos de sus vidas como la escuela y el trabajo.

Mencionó que la ausencia de la Ley de Identidad de Género de Yucatán impide que una persona se pueden cambiar de nombre, y hasta el momento, sólo en la Ciudad de México se puede realizar dicho trámite.

El acta primigenia

Explicó que con la obtención de la nueva acta de nacimiento, que contendrá el nombre con el cual deseen que se les reconozca jurídicamente a partir de concretar el trámite, la persona tiene que acudir al Registro Civil del Estado para que el acta primigenia sea guardada.

Sin embargo, ésta dependencia se niega a poner bajo resguardo la acta de nacimiento, bajo la excusa de que ante la ausencia de una Ley de Identidad de Género no se puede aceptar el documento que proviene de la capital del país.

Expresó que a través de un amparo, se obligó a la instancia local a aceptar la documentación correspondiente, tal como lo marca dicha normativa de identidad de género.

Aclaró que en la nueva acta de nacimiento, sólo cambia el nombre, ya que los apellidos se conservan al igual que la fecha del nacimiento.

Por ende, también se tendrá una nueva identificación ante el Instituto Nacional Electoral (INE) y una nueva Clave Única de Registro de Población (CURP).

Finalmente, expresó que los requisitos para los interesados son ser mexicano o mexicana mayor de 18 años y al presentarse en la Consejería Jurídica y de Servicios Legales (Cejur) con original y copia de acta de nacimiento primigenia, identificación oficial y comprobante de domicilio.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]

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