El alcalde de Muna se cree patrón de los regidores, denuncia el PRD

[vc_row][vc_column][vc_column_text]Regidores perredistas del municipio de Muna denunciaron una serie de irregularidades que atribuyen al alcalde priista Rubén Carrillo Sosa, a quien acusan de violar la ley orgánica de los municipios y de reiterados atentados contra la investidura de los concejales del PRD.

“No se nos convoca por escrito a las sesiones de cabildo e incluso cuando se trata de aprobar la cuenta pública tenemos derecho 72 horas antes para poder verificarla y quiere únicamente aprobar algo sin que revisemos”, exponen los regidores Alejandro Domínguez y Lina Negrón, electos por el principio de representación proporcional.

De acuerdo con su denuncia, el alcalde hizo un reglamento de cabildo que debería ser para regular las sesiones, pero “sirvió para querernos poner un horario de labores y si tenemos tres retardos se nos descontará un día de sueldo e incluso nos dice que nuestros superiores son la síndico municipal y el secretario del ayuntamiento y tenemos que pedirles permiso para faltar porque tenemos un horario que cumplir”.

En su escrito, señalan los artículos que se violan:

Artículo 38 que dice. Una vez aprobada él acta de la sesión, la firmarán todos los regidores presentes y se les entregará copia certificada a quienes así lo soliciten en un plazo no mayor de tres días naturales. Se viola esta ley, ya que hemos solicitado dichas actas y se nos ha sido negada.

Artículo 57. Que dice. Al presidente municipal le está prohibido. Retener sueldo y demas percepciones de los demás regidores y funcionarios públicos. Aplicar sanciones no contempladas en las leyes y reglamentos. Se viola este artículo. Con los reglamentos impuestos por el alcalde. De haber tres retardos se le descontará la cantidad a un día de remuneración del regidor. Ya que ha impuesto horario y firma en bitácora de entrada y salida.

Artículo 62. Que dice. A los regidores la ley garantiza el respeto de su investidura y la igualdad de derechos y condiciones en el seno del ayuntamiento y frente a la administración pública municipal.

Se viola este artículo porque en cuatro meses no se nos ha tratado con el mismo respeto y no se nos ha dado las condiciones de trabajo. “Ya que cuando he pedido transporte para ir las comisarías se ha negado y se me ha dicho que me mueva por mis medios o en tono de burla que le solicite vehículo a mi partido. Igual se nos a quitado autoridad ante directores y otros servidores públicos”.

Artículo 63. Que dice facultades de Regidores. VI; recibir los documentos referentes a la cuenta pública municipal. En un plazo previo a tres días anteriores a la celebración de la sesión de análisis y aprobación de la cuenta pública. Se viola este artículo. Ya que hemos solicitado dicho documento y se nos ha sido negada.

El alcalde cobra más de mil 700 pesos al día cuando los regidores a 300 pesos. Una disparidad excesiva de nómina y sueldos a familiares y gente cercana a su equipo.

“Acudimos al Inderm y al Congreso del Estado para dar a conocer estas anomalías, porque incluso se nos maltrata por ser regidores de oposición dándonos oficinas en pésimas condiciones y un trato despectivo por parte de los directores y demás regidores de la comuna”.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]

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